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30
Enero

MODIFICACIÓN ARTÍCULO 49 DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOL Destacado

Las personas sordociegas, como personas con discapacidad, celebramos la aprobación de la reforma del artículo 49 de la Constitución sobre los derechos de las personas con discapacidad.

El día 18 de enero de 2024 ha sido un día muy importante para todas las personas con discapacidad. El pleno del congreso ha aprobado la Proposición de Reforma del artículo 49 de la Constitución. Esta proposición amplia los derechos de las personas con discapacidad y elimina del texto la expresión "disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos".

La nueva redacción del artículo 49 reconoce que las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en el Título I en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas. Asimismo, establece que los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles, y fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Por último, se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad.

El pasado jueves, el senado aprobó la proposición. Ahora solo falta su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

¡ENHORABUENA!

 

 

 

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